La duración mínima del contrato de trabajo
Es de 24 horas semanales, con ciertas excepciones:
- Para los estudiantes menores de 26 años,
- A petición escrita del trabajador por conveniencia personal.
- En base a excepción prevista en el convenio sectorial.
La empresa puede negarse por razones relacionadas con su actividad económica.
Remuneracion de las horas complementarias :
- hasta 10% del horario de contrato, complemento salarial de 10%,
- por encima del 10% del horario de contrato, complemento salarial del 25%, salvo acuerdo colectivo. En ciertos sectores, el convenio podrá autorizar hasta 8 excepciones.