1 – El límite de la exención fiscal aplicable a las horas extraordinarias y las horas complementarias de los trabajadores a tiempo parcial pasa de 5.000 a 7.500 euros anuales a partir del 1 de enero de 2022.
Recordamos que el salario correspondiente tiene una reduccion de 1.50€ por hora en las cotizaciones patronales y de 11% en las cotizaciones salariales.
2 – la prima de reparto de valores -PPV -:
Cualquier empresa, independientemente de su tamaño, puede optar por pagar una prima de reparto de valor sobre la base de un convenio colectivo o de una decisión unilateral.
Pueden pagarlo a todos los empleados o, eventualmente, reservarlo para aquellos cuya remuneración no supere una determinada cantidad.
La cuantía de la gratificación puede ajustarse según criterios fijados por el convenio colectivo o la decisión unilateral, sobre la base de una lista de condiciones establecidas por el Código del Trabajo.
La bonificación no puede sustituir una parte del salario. Las empresas pueden realizar varios pagos, con un maximo de un pago por trimestre, a partir del 1/7/2022.
La bonificación está exenta de cotizaciones a la Seguridad Social hasta 3.000 euros al año y por beneficiario
Hasta finales de 2023, y dentro de ciertos límites, la bonificación también está exenta, por parte del trabajador, de CSG/CRDS y del impuesto sobre la renta para los empleados que cobran menos de 3 SMIC.
Si durante 2022 han pagado la antigua «prime pour le pouvoir d’achat – PEPA» y la nueva «PPV», la exención del impuesto sobre la renta se limita a 6.000 euros